Por las razones anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por INTERDICTO DE AMPARO, incoada por la ciudadana NERYS MARINA FLETE, asistida por el abogado JOSE ALBERTO HENRIQUEZ AYALA, contra la ciudadana YOLIMAR DEL CARMEN HERMES MARTINEZ, todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión Y; ASÍ SE DEDICE.
SEGUNDO: Se le indica a la parte demandante que podrá intentar la presente demanda, nuevamente, en cualquier oportunidad que quiera ejercer dicho derecho, cumpliendo los requisitos legales correspondientes.