DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 01 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la detención en flagrancia de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, identificados ut supra, por la presunta comisión de los delitos de Alteración al Orden Publico, Resistencia a la Autoridad, Lesiones Personales Graves y Daños Materiales, previstos en los artículos 506, 218,414 y 473 ordinal 3ero del Código Penal y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y se acuerda el procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 553 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ordena cumpla las medidas cautelares establecida en el artículo 582 literal a) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adole.....