por UNANIMIDAD CONDENA al ciudadano JOEL ALFREDO ACUÑA RIVAS, venezolano, nacido en fecha 26-11-1977, de Veintinueve (29) años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.290.426, residenciado en la Urb. Brasil, Sector Nro 01, casa Nro 07 de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, en el establecimiento carcelario que determine el Juez de Ejecución competente, ello por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, Previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal Vigente y según lo establecido en el articulo 37 del mismo cuerpo sustantivo Penal en perjuicio de las victimas ciudadanas DIOMARYS GABRIELA MONTEVERDE y MARINE DEL VALLE HERNÁNDEZ PÉREZ, y se condena a las accesorias del articulo 13 del Código Penal y al pago de las costas procesales establecidas en el articulo 267 Primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 34 del Código Penal el cual la cumplirá en las instalaciones del Interna.....