el Tribunal procede a homologar el desistimiento efectuado por la parte actora de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, téngase como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Igualmente se ordeno hacer entrega de los originales solicitados, y en su lugar déjese copias fotostáticas debidamente certificadas. Cúmplase con lo ordenado y archívese el expediente