En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por GABRIEL ARRIECHE contra RAMON CORDERO, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos y montos:
Prestación de Antigüedad....................................... ..... Bs. 2.357.450,oo
Intereses sobre las prestaciones sociales......................... Bs. 386.966,81.
Vacaciones y Bonos Vacacionales............................. .....Bs. 1.152.731,25.
Utilidades.................................................................................... Bs. 718.031,25.
Total Prestaciones.....................................................................