Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO fuera incoada por la ciudadana BEATRIZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.846.799 y de este domicilio, asistido por el ciudadano LUIS ROSAS, Abogado en e ejercicio, Inpreabogado N° 76.291, contra la ciudadana ENMA FERNANDEZ DE SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.605.011 y de este domicilio.
Por haber resultado totalmente vencida se condena al pago de las costas procesales a la parte demandante conforme al Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipi.....