PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia definitiva dictada el 5 de octubre de 2011, el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SIN LUGAR la demanda de cobro de Bolívares que intentara el ciudadano Rafael Enrique Torrealba Torrealba contra Consorcio Aranzazu.
No hay condenatoria en costas procesales, dado que la sentencia recurrida no fue confirmada de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Remítase el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.