Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la intervención de la Sociedad Mercantil INVERSIONES NICOLE, C.A. como tercero. SEGUNDO: Se ordena notificar en su condición de TERCERO a la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES NICOLE, C.A., en la persona del ciudadano: CESAR AUGUSTO LANDAETA JIMENEZ.