DECISION
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declara: Con lugar el aumento de la demanda de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Norelis Del Carmen Flores Escalona, en contra del ciudadano José Luis Linarez, ya identificado, en consecuencia, se fija el monto de la Obligación de Manutención en ocho mil bolívares mensuales (Bs.8.000,oo) a razón de cuatro mil bolívares quincenales (Bs. 4.000,oo), el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de vestido, educación, atención médica, medicinas, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que requiera su hijo. En cuanto al incremento anual solicitado en la cantidad de tres mil bolívares (Bs. 3.000,oo) se aprueba dicho incremento previendo la inflación galopante que existe actualmente en nuestro país y que no es secreto para nadie.....