En orden a los razonamientos expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento en el juicio incoado por el ciudadano HENRY JOSE PINTO PADRON, titular de la cédula de identidad N° V-7.131.368, contra la sociedad de comercio CENTRO AUTOMOTRIZ OSI AUTO C.A, ambos supra identificados.