Este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano DAMASO ENRIQUE CADEVILLA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.393.632, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 07-01-64, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en El Barrio El Tostao Sector Delfín González casa azul S/N frente a la Bodega La Esperanza ; a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias a las de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, tipificado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal.
La parte dispositiva de esta sentencia fue leída en la Audiencia realizada el día 28 de Enero del año 2004, siendo expuestos oralmente los fundamentos de la misma conforme a lo dispuesto en los artículos 175 y 365 del Código Orgánico P.....