Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por la Representante del Ministerio Público y la Defensa; en consecuencia, se declara la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXquien fue aprehendido por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de los ciudadanos Luis Miguel Guerra, Maria Ruiz, Lisette Ruiz y Alejandra Rodríguez. Se acuerda la continuación de la investigación por el procedimiento ordinario, tal y como fuera solicitado por el representante del Ministerio Público, en consecuencia se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público. Se acuerda la libertad del adolescente desde esta sala de audiencias dejándose constancia que se encuentra en buen estado de salud. En cuanto a la solicitud realizada por el representante del minister.....