CAPITULO III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le concede la Ley, declara: SIN LUGAR la pretensión por Nulidad de Asamblea Extraordinaria de Socios, interpuesta por el ciudadano Manuel Joaquim de Andrade, titular de la cédula de identidad No. V-10.671.758, actuando en su propio nombre, y como titular de doscientas (200) cuotas de participación en la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada LUNCHERIA Y HELADERÍA LA MARINA S.R.L, contra el ciudadano José Vieira Rodrigues, titular de la cédula de identidad No. 81.173.067. Se condena en costas a la parte demandante al resultar vencida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmad.....