se observa que el Tribunal Segundo de Control de Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, de fecha: 20 de junio de 2008, lo condeno a cumplir la pena de: a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano, EDGAR JOSÉ FERNÁNDEZ BELLORÍN; es decir delito, no considerado grave, ni de Lesa Humanidad; Es por lo que en consecuencia del Indulto Presidencial, Cesa la pena con todas sus accesorias, y se ordena Cerrar el Proceso ...