Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Con Lugar La Ratificación La RATIFICACION de la medida de Privación de libertad impuesta al sancionado "OMISSIS"; por la comisión de los delitos de Robo Agravado, Violencia Sexual, Violencia Física, y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionados en los artículo 458 del Código Penal Venezolano, 43 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos Johan Alexander Agreda Arias Y Patricia De Los Ángeles Farfan Rivera; por el lapso de dos (02) años, siete (07) meses y veinticinco (25) días de privación de libertad. De conformidad con el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adoles.....