DECLARA: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, contenido en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana EVELIN. B. VIERA., titular de la Cédula de Identidad N° 13.271.329, representado judicialmente por la Abogada LIUTMILA HERNANDEZ DE ALEZARD. inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 40.148, en contra de la empresa PAPELES VENEZOLANOS C.A, representado judicialmente por la abogado VINCENZA CAROLINA PERRECA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.561.
Visto que en la transacción se acordó un pago único el cual fue realizado al momento que se suscribió la transacción se ordena remitir al tribunal de sustanciación de origen para el cierre definitivo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los once (11) de Marzo del año dos mil diez 2010.
La Juez,
CAROLA DE LA TRINI.....