Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado LUIS HIDALGO VILLANUEVA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil INVERSIONES SANTOMERA, C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 6 de marzo de 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, donde se revoca por contrario imperio el auto dictado el 8 de febrero de 2012; se deja sin efecto el oficio librado al banco Bicentenario; y se entiende que a partir de esa fecha las sumas dinerarias depositadas en la cuenta de ahorros Nº 01750062710060562586 del banco Bicentenario por orden de ese T.....