esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación con efecto suspensivo de conformidad con lo establecido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto por el Fiscal 20 del Ministerio Público del Estado Carabobo; ABG. ARELYS VELIZ, contra la decisión dictada en la Audiencia de Presentación de fecha 25 de febrero del 2014, dictada por el Juez en Función de Control N°3 del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo y motivada por Auto separado el 26 de febrero del 2014. SEGUNDO: Anula la decisión mediante la cual, DECRETO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano JESUS ALBERTO DONAIDE ROJAS a tenor de lo dispuesto en el artículo 242 numerales 3º 4º 5º 6º y 9º del Código O.....