En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara IMPROPONIBLE el recurso especial de juridicidad ejercido por los accionantes, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de febrero de 2014 por éste tribunal.