PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO suscrita y presentada por los ciudadanos INDIRA JANETH ANGULO IBARRA Y DIONICIO DE JESUS DE LA ROTA RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-23.717.192 y V-19.894.757, debidamente asistidos por el abogado JESÚS ORLANDO QUINTERO ORTIZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 225.390, domiciliados en esta ciudad de Mérida, estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles. SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudadanos INDIRA JANETH ANGULO IBARRA Y DIONICIO DE JESÚS DE LA ROTA RONDÓN, con arreglo al matrimonio civil que ambos contrajeran en fecha 21 de noviembre de 2009, ante el Registro Civil de la Ciudad de Lagunillas del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, conforme consta del Acta de Matrimonio signada con el N° 27. Ofíciese lo conducente a los organismos competentes, en la oportunidad .....