Se declara con lugar la acción de amparo incoada por el ciudadano Raúl Ernesto Román Marín, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V- 9.319.793, domiciliado en el Estado Trujillo, en contra del Fondo Único de Desarrollo del Estado Trujillo, representado por el ciudadano Armando Contreras, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Estado Trujillo, y como mandamiento de amparo, ordena que en forma inmediata sea reincorporado a sus funciones, con el pago de salarios caídos, al accionante Raúl Ernesto Román Marín, ya identificado, en su lugar de trabajo en el Fondo Único de Desarrollo del Estado Trujillo, en los términos establecidos por la providencia administrativa N° 0076 dictada en fecha 14 de octubre de 2004 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Trujillo, con sede en Valera.