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Decisiones del dia 11/04/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP01-P-2005-001805 N° Sentencia : Fecha: 11/04/2007
Procedimiento:
Condenatoria
Partes:
HÉCTOR ORLANDO ROMANO BRACHO
Resumen:
DISPOSITIVA Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a Héctor Orlando Romano Bracho, Titular de la cédula de identidad nro. 16.001.275, estado civil soltero, de profesión estudiante, hijo de , Humberto Rolando Romano Castro y Maria Margarita Bracho Linarez, nacido en fecha 02-12-1982, domiciliado en la Carrera 10 entre 10 y 11 Barrio San Francisco casa Nº 10-58. Barquisimeto- Estado Lara, a cumplir la pena de un año (01) y seis (06) meses de prisión por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal Derogado SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal, es decir: 1.- Inha.....
Juez/Ponente:
Amelia Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
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N° Expediente : KP01-P-2007-000256 N° Sentencia : Fecha: 11/04/2007
Procedimiento:
Sentencia Condenatoria
Partes:
LUIS RAMON SANCHEZ SILVA Y DAVID ALEJANDRO MARTINEZ ALVARADO
Resumen:
DISPOSITIVA Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado N° 1 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos LUIS RAMON SANCHEZ SILVA, titular de la Cedula de Identidad N° 17.626.340, y DAVID ALEJANDRO MARTINEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.13.911 a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS Y CUATRO (04) MESES de prisión, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal en su único aparte.- SEGUNDO: Se les imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal: 1.- Inhabilitación política durante el tiempo de la condena, 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta, es decir por el .....
Juez/Ponente:
Amelia Jimenez
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
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