DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 250 último aparte y 251 del Código Orgánico Procesal Penal por razones de extrema necesidad y urgencia, ORDENA LA APREHENSIÓN de los ciudadanos: JOSE DANIEL TOLOSA, titular de la cédula de identidad nro. 25.688.904 y DOUGLAS MANUEL AGUILERA PIÑA, titular de la cédula de identidad nro. 22.333.058, por la presunta comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1ero del Código Penal, perpetrado en la persona de quien respondía en vida al nombre de CHARLY LUCIANO MONTERO SERRANO, quienes una vez aprehendidos deberán ser puestos en respeto de sus garantías constitucionales a la orden de este Tribunal .....