Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso de apelación incoado por el ciudadano DANIEL EDUARDO VALECILLOS OCHOA, contra el auto de fecha 02 de febrero de 2016, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia: Se revoca el auto de fecha 02 de febrero de 2016 y las actuaciones posteriores al mismo, reponiéndose la causa al estado del inicio del lapso para la contestación de la reconvención admitida en fecha 15 diciembre de 2015.
Regístrese y publíquese.