DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado DELWIN ALEXANDER LAREZ ASTUDILLO, Venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez Estado Sucre, soltero, de 24 años de edad, de profesión u oficio agricultor, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 24.716.998, nacido en fecha 02/10/1992, hijo de Alejandro Aular y Ingrid Astudillo y residenciado en Quebrada De Agua, Segunda Calle, Casa Sin Numero, Cerca Del Ambulatorio Y La Cancha De Esa localidad, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 Ordinal 1° de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehiculo Automotores, en pe.....