Este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda la Revocatoria del beneficio de Suspensión Condicional del Proceso y como consecuencia la Reanudación del Proceso, de conformidad con el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal y 42 segundo aparte, Ejúsdem, y ordena fijar Audiencia Preliminar de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de admisión de la Acusación, para el día Lunes 23-05-2005 a las 10:00 a.m. Notifíquese a las partes, Regístrese, Publíquese y Cúmplase.