Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 3 de la Jurisdicción del estado Lara, en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA formulada por el defensor privado del imputado RAFAEL SIMON MORON, actualmente recluido en el Internado Judicial de Uribana. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250,251 y 264 del Código orgánico Procesal Penal.