Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal en Función de Ejecución Nº 1, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a los ciudadano Nelson Ricardo Couri Cano, titular de la cédula de identidad Nº 3.540.347, Pedro Alonso Pacheco López, titular de la cédula de identidad Nº 4.373.561, Y Gerardo Alonso Pacheco López, titular de la cédula de identidad Nº 4.342.412, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y en base a la Decisión del la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de Suspender el artículo 493 del referido Código Adjetivo y donde ordena la aplicación estricta del ya mencionado artículo 500 ejusdem.
Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, al Director del.....