V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por las ciudadanas Rosa E. Martínez y Giuseppina Cangemi de Folgar, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de C.A. VENEZOLANA DE PINTURAS, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DA/0617/06 del 06 de noviembre de 2006, dictado por la Alcaldía del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución N° RRc/2006-01-017 del 30/01/2006 y confirmó el reparo fiscal formulado a la contribuyente por bolívares seiscientos treinta y seis millones novecientos noventa y ocho mil cuarenta y ocho con ochenta y un céntimos (Bs. 636.998.048,81) (Bs. F. 636.998,05) correspondiente período comprendido entre 01 de enero de 2001 al 30.....