este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley REPONE la causa de pretensión de Reivindicación, intentada por la ciudadana ROSA ATHAIR PRIMERA VARGAS, actuando en representación de la ciudadana ROSA ELVIRA VARGAS PEREZ, contra la ciudadana CORINA DEL CARMEN VARGAS PEREZ, al estado de pronunciarse sobre la admisión de la misma.
Se anulan todas las actuaciones siguientes al auto de admisión dictado en fecha 07/04/2.008, incluido el mismo.