En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación interpuesta el ciudadano JONHYS ALTAGRACIA SILVA TORRES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.600.607, con domicilio en el Sector Rancho Grande, Maguace, vía Quibor-Cuara, Municipio Jiménez del estado Lara; asistido por el Abogado Leonardo medina, IPSA Nº 31.187, en contra de la ciudadana Abogada ANA CECILIA ACOSTA, EN SU CONDICIÓN DE JUEZA DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes que el presente fallo se profirió dentro el lapso legal previsto en el artículo 96 de Código de Proc.....