¿ CON LUGAR la apelación formulada por el abogado MARIO DE SANTOLO, en su carácter de apoderado judicial de las Sociedades de Comercio "GENERAL MOTORS VENEZOLANA" C.A. y "SISTEMAS DE COMPRA PROGRAMADA CHEVROLET" C.A.,
¿ INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana DUBRASKA JOSEFINA RODRIGUEZ DE FARRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.735.038 contra la Sociedad de Comercio "GENERAL MOTORS VENEZOLANA" C.A. y como terceros las Sociedades de Comercio "SISTEMAS DE COMPRA PROGRAMADA" C.A., "MANPOWER DE VENEZUELA" C.A. y "CORPORACIÓN HUMANA EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL" C.A. identificadas en autos, y en estos términos queda REVOCADA la decisión recurrida.-