DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado RICARDO ALFREDO CALDERA, en su carácter de apoderado judicial de la empresa LÍNEA BOQUERÓN, C.A.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ VICENTE MONTENEGRO contra la sociedad mercantil LÍNEA BOQUERÓN, C.A.; en consecuencia se condena a ésta última a pagar al actor la cantidad de Bs. CUARENTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON 58/100 (Bs. 48.796.373,58), por los conceptos y montos discriminados en la motiva del presente fallo.