Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide:
Desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadano JUAN PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.955.324 en contra de INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE ADULTOS JUAN MANUEL CAJIGAL S.R.L