Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio por Accidente de Trabajo, incoado por la ciudadana YUSMARY MENDOZA, actuando en representación de su menor hijo JHANPIEER RIERA MERCADO. SEGUNDO: declina la competencia en razón de la materia para conocer del presente asunto en el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Once (11) días del mes de junio del año 2009. Años: 196º y 147º.
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