En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el abogado EDISON J. HERNANDEZ SUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 11.741.249, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.160, en su carácter de Apoderado de la Sociedad Mercantil LLANO PETROL, S.A.; en contra de la Resolución N° DH-121-2006, de fecha 06 de junio de 2006, notificada el mismo día dictada por la Lic. DENNIS YOLANDA REY, en su carácter de Directora de Hacienda del Municipio Araure del Estado Portuguesa.
En consecuencia, se confirma la Resolución N° DH-121-2006, de fecha 06 de junio de 2006, notificada el mismo día dictada por la Lic. DENNIS YOLANDA REY, en su carácter de Directora de Hacienda del Municipio Araure del Estado Portuguesa.