DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
¿ Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte ACTORA.
¿ Se ordena al Juzgado A-Quo emita su pronunciamiento -en forma expresa- sobre la admisión o inadmisión de la prueba de exhibición promovida por la parte actora en el Capitulo Cuarto de su escrito de promoción de pruebas.
¿ No hay condena en COSTAS dada la naturaleza del fallo.
¿ Notifíquese la presente decisión al Juzgado a Quo. Líbrese oficio.