Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes señalados, este Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la solicitud intentada por la HILDA TERESA PACHECO DE SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.207.912, asistida de la Abogado RAFAEL PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.252, y en consecuencia se ordena la Rectificación del acta de Nacimiento de la ciudadana HILDA PACHECO, la cual se encuentra inserta bajo el Nº 23, Año 1939, por ante el Registro Civil de la Parroquia Salom, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, en la forma siguiente: donde dice el nombre de la solicitante como YLDA TERESA debe decir HILDA TERESA que es lo correcto.
Se .....