Se dictó sentencia de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y se condenó a los acusados Franklin Jesús Arellano Delgado y Alexander Rojas Martínez, ampliamente identificados en la presente sentencia, a cumplir la pena de ocho (8) años de prisión, por la comisión del delito de Transporte y Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, previsto en el artículo 31, encabezamiento, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. De conformidad con el artículo 61 ordinal 4 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se confisca el vehículo plenamente identificado en la experticia de reconocimiento inserta en los folios 42 al 46 de las actuaciones, el cual deberá ser puesto a la orden de la Oficina Nacional Antidrogas del Ministerio de Interior y Justicia, por el Tribunal de Ejecución que le corresponda ejecutar la presente sentencia condenatoria.