Se decreta libertad inmediata de los ciudadanos ABAHAN JOSE FREITES AREVALO Y DARIS AMELIA GUERRA RODRIGUEZ; por violación de los Artículo 44 ordinal 1 y 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el Artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de que el Ministerio Público continue con la Investigación.