DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR. Todo con motivo la DEMANDA incoado por el ciudadano JOSÉ RAMÓN DE LA TRINIDAD GRANADOS, titular de la Cédula de Identidad N° 9.822.718, PARTE DEMANDANTE, en contra de RÚSTICOS AUTOMUNDIAL, C.A. En consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar a la demandante BOLÍVARES TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS CON 63/100 (Bs.13.462,63) resultantes de la suma de los conceptos antes indicados.