este Juez Superior Segundo de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara Con Lugar la Inhibición planteada mediante acta sin fecha, por el abogado Joel Agustín Romero Fernández, en su condición de Juez Provisorio Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto signado con el N° GP01-P-2012-021293, con fundamento en el numeral 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar fundada en causa legal y basada en el numeral 8 del artículo 89, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal.