Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Niega la medida de Cautelar Innominada solicitada por la parte actora, porque no se cumplen los requisitos de procedencia, conforme a lo establecido en el Artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dictada en Barquisimeto, a los once (11) día del mes de Julio de 2023.Resolucion N° 19
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
LA JUEZ
Abg. RAFAELA MILAGRO BARRETO
La Secretaria
Abg. Cleydimar Peralta
Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión.
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