Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE al acusado ENRIQUE LUIS GOITÍA MARVAL, venezolano, titular de la cedula de identidad 20.994.888, sin oficio definido, soltero, nacido en fecha 16 de enero de 1991, de 18 años de edad, residenciado en el Barrio Cumanagoto I, vereda D, casa 26, de esta ciudad Estado Sucre; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en relación con el artículo 83 ejusdem con el agravante del artículo 216 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del adolescente xxxxxxx(occiso); decisión que se dicta por considerar este Tribunal que no quedó demostrada fehaciente y convincentemente y sin lugar a dudas, la auto.....