DECISION
Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: CONDENA al acusado ARGENIS JESUS ROJAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº NO HA CEDULADO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y TRES (03) MESES, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de TENTATIVA DEL DELITO DE ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, y se CONDENA al acusado RUPERTO RAMON PRADO, titular de la cédula de identidad Nº 22.260.144, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y TRES (03) MESES, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de TENTATIVA DEL DELITO DE ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano. Se .....