esta Corte de Apelaciones, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JHONNY CHIRINO y NADESKA TORREALBA en su condición de Defensores Privados del ciudadano POMPILIO SEGUNDO MELENDEZ, plenamente identificado, apelación que se formaliza contra decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, cuyos fundamentos en extenso fueron publicados en fecha 22 de mayo de 2013 el cual decretó MEDIDA DE PRIVATIVA DE LIBERTAD y la DECLINACIÓN DE COMPETENCIA al Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro.