En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GABRIEL ANTONIO REINOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.933.480, y de este domicilio, ya identificado en autos, en contra de la Sociedad Mercantil GUARDIANES R Y P, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la Sociedad Mercantil GUARDIANES R Y P, C.A., que pague al ciudadano GABRIEL ANTONIO REINOSO, la cantidad total de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CERO SIETE CENTIMOS (Bs.245.546,07). En consecuencia la demandada deberá cancelar, al demandante los conceptos arriba descritos y que se dan acá por reproducidos. Mas las cantidades que arrojen la experticia complementaria del.....