Con fundamento en los razonamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Con Lugar la Demanda que por Desalojo Inquilinario interpusiera Lucia Maritza Pérez Carreño contra el ciudadano Luis Ricardo Falcón, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia condena al demandado a entregar el inmueble que ocupa en calidad de arrendatario, completamente desocupado de personas y cosas, solvente de todos los servicios público o privados que le sean prestados al inmueble
ubicado Urbanización la Pradera Bloque Apamate 9, Planta Baja, Apto 1-3, Carretera Nacional Municipio San Joaquín, Estado Carabobo, en un lapso improrrogable de seis (06) meses, contados a partir de la notificación que se le haga de la sentencia definitivamente firme conforme a lo establecido .....