DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos;
Primero: Se declara la incompetencia del Tribunal en el conocimiento de la presente causa, por razón de la materia y en consecuencia se declina la competencia en los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Lara, que por distribución le corresponda. Todo de conformidad con los artículos 67 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal y articulo 173 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Se ordena el inmediato traslado del ciudadano Arsenio Leonel Hernández Hernández, y su reclusión en el Centro Socio Educativo “Dr. Pablo Herrera Camping”, a la orden del Tribunal de Res.....