DISPOSITIVO
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR las pretensiones de la parte actora, ciudadano WILIAN ALBINO DAZA, titular de la cedula de identidad Nº 3.876.837. contra el ciudadano LUIS RAMÓN TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.702.506
SEGUNDO: Se condena a la demandada a las costas del proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al existir vencimiento total.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dictada en Barquisimeto, Estado Lara, el 11 de octubre de 2016.
EL JUEZ
ABG. CARLOS LUIS SANTELIZ CASAMAYOR
LA SECRETARIA,
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